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La Audiencia Provincial de Las Palmas, en sentencia firme, ratifica en todos los puntos la dictada en su día por el Juzgado de lo Mercantil Nº1, favorable a AVIBO

La Audiencia Provincial de Las Palmas, en sentencia firme, vuelve a desestimar íntegramente las acciones interpuestas por la propietaria de la marca comercial “CANAR Y WINE”, como ya hizo en su día el Juzgado de lo Mercantil Nº1 de Las Palmas de Gran Canaria, imponiendo incluso las costas procesales.

Así pues, la Justicia estima íntegramente lo solicitado en vía judicial por  la Asociación de Viticultores y Bodegueros de Canarias (AVIBO), en su función de Órgano de Gestión de la Denominación de Origen Protegida de Vinos “Islas Canarias”, y finaliza la controversia judicial en un doble sentido: no puede utilizarse la marca CANARY WINE (y las que sean similares) por ningún tercero, únicamente por AVIBO al estar protegida como Denominación de Origen, y en segundo lugar, establece la nulidad del registro de la marca española “CANAR Y WINE” (mixta) por infracción de las prohibiciones absolutas previstas en su normativa, ordenando a la Oficina Española de Patentes y Marcas para que se proceda a la cancelación del registro de la misma.

En este sentido, la Justicia vuelve a dar la razón a la Asociación de Viticultores y Bodegueros de Canarias (AVIBO) frente a las reclamaciones efectuadas por María Beatriz Higuera Álvarez – como ya sucediera en 2018 por el Juzgado de Instrucción número 3 de San Cristóbal de la Laguna que archivó de plano demanda penal por uso indebido de marca y que, nuevamente, ha vuelto a suceder ahora en 2023 por la Audiencia Provincial de Las Palmas (casando una previa el Juzgado de lo Mercantil Nº1) – que ha supuesto la declaración de nulidad total de la marca registrada “CANAR Y WINE” y su cancelación ante la OPEM.

Tras esta demanda, la Justicia deja definitivamente zanjado, que sólo la Asociación de Viticultores y Bodegueros de Canarias (AVIBO) como Órgano de Gestión de la Denominación de Origen Protegida de Vinos “Islas Canarias”, tiene derecho al uso de la marca CANARY WINE, sin que ningún tercero más pueda utilizarla bajo pena de estar cometiendo una infracción contra del derecho en exclusiva de la Denominación de Origen Islas Canarias.